La colaboración público-privada en España

Propuestas de mejora para la colaboración público-privada en España

2.1. Qué entendemos como colaboración público-privada No existe una definición compartida y unívoca de las colaboraciones público-privadas (CPP). En el marco del libro verde 1 de la Unión Euro- pea, se definen como: "Las diferentes formas de cooperación entre las autoridades públicas y el mundo empresarial, cuyo objetivo es garantizar la financiación, cons - trucción, renovación, gestión o mantenimiento de una infraestructura o prestación de un servicio." De manera paralela, la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas establece una definición más amplia 2 : "Los métodos innovadores utilizados por el sec- tor público para contratar con el sector privado, que aporta su capital y su capacidad para eje- cutar los proyectos a tiempo y de acuerdo con el presupuesto, mientras que el sector público conserva la responsabilidad de prestar estos servicios a la ciudadanía de una manera que be- neficie el interés general y propicie el desarrollo económico y una mejora en la calidad de vida." Partiendo de estas y otras definiciones, pode - mos caracterizar la CPP como aquel modelo de relación estratégica entre el sector priva- do y el público en el que: • La discrecionalidad en la toma de decisio- nes es compartida, en un modelo de gober- nanza colaborativa entre ambos sectores. En otras palabras, el sector privado participa en la definición de los objetivos y los mecanis - mos de ejecución de los proyectos, no actúa como mero artífice de un plan estrictamente predefinido por el sector público. • El riesgo y los potenciales beneficios en los resultados del proyecto se distribuyen de ma- nera justa y equitativa entre los participantes,

de forma que ambos acuerdan una adecuada relación entre riesgo y beneficio. A partir de los dos conceptos descritos, se es- tablecen una serie de modalidades básicas de uso de las CPP, entre ellas las siguientes: • Contratos de concesión de obras o servicios, gestión y mantenimiento de infraestructuras bajo fórmulas BOT (build, operate and transfer), DOB (design, operate and build) o similares.

• Elaboración de convenios de colaboración.

• Creación de nuevas entidades, tales como consorcios o sociedades mercantiles de capi- tal mixto o fundaciones público-privadas. Estas diferentes modalidades se pueden dirigir a diferentes espacios de colaboración, tal y como las siguientes: • Cocreación. Iniciativas de diseño, testado e innovación colaborativa de soluciones (programas de compra pública innovadora, sandboxes regulatorios, consorcios de inno- vación). • Codelivery . Construcción y gestión de in- fraestructuras, gestión descentralizada de servicios. En definitiva, los programas de CPP parten de los principios de gobernanza colaborativa y gestión compartida de los riesgos. Esta última se materializa en diferentes modali- dades contractuales y campos de actuación, tanto en el ámbito de la implementación y prestación de servicios como en el del diseño, el testado y el desarrollo de soluciones inno- vadoras.

1 COM(2004) 327 final. 2 Guidebook on Promoting Good Governance in Public-Private Partnerships (UNECE, 2008).

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