01 Ley para la Promoción y Protección de Inversiones

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· No. 32;568

REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 15 DE JULIO DEL 2011

La Gaceta

ARTICULO 64.- La presente Ley reconoce, garantiza y . hace suyos los principios contenidos en convenios intemacionales en materia laboral, ambiental y responsabilidad Social empresarial. ARTICULO 65.- Aquellos Proyectos que se encuentren en proceso de cumplir con los requisitos establecidos por las !eyes respectivas en ctiyo tramite no se haya cumplido los plazos . establecidos para su tramitacion, imputables ala Administracion Publica y que sean calificados de conformidad a esta Ley como prioritarios, cuyos montos de inversion sean inferiores al monto establecido en el Articulo 40 de esta Ley, podra autorizarse su ejecucion mediante Acuerdo Ejecutivo aprobado en Consejo de Ministros, estableciendose un plazo maximo de noventa (90) dias para complementar los requisitos y se ofrezca garantia de cumplimiento si~mpre y cuando asi lo soliciten los interesados a traves de la Secretaria Tecnica de Planificacion y Cooperacion Extema (SEPLAN). ARTICULO 66.- Los reglamentbs a q\re se refiere esta) Ley, deberan ser aprobados en un plazo no mayor de noventa (90) dias despues de la publicacion de esta Ley. ARTiCULO 67.- La presente Ley entrara en vigencia a partir de la fecha de supublicacion en el Diario Oficial La Gaceta.

remitini a la Secretaria de Estado en los Despachos del Interior y Poblacion para que esta en el tiempo maximo de treinta (30) dias emita.la resolucion correspondiente, extendiendo la certificacion respectiva. ARTICULO 60.- Quedan derogados losArticulos 308 y .· 309 del Codigo de Comercio, elArticulo 1565 del Codigo Civil y el Decreto 80-92 del29 de Mayo de 1992, contentivo de la Ley ~e Inversiones. ARTICULO 61.-Las inversiones establecidas al amparo del Decreto No.80-92 del29 de Mayo de 1992, derogado en la presente Ley, mantendran los beneficios durante un periodo de cinco (5) afios a partir de la entrada en vigencia, de esta Ley. Agotado este plazo, el inversionista pasara automaticamente a formar parte del regimen de proteccion establecido en la presente Ley. ARTICULO 62.- Durante un plazo de doce (12) meses · contados a partir de la entrada en vigencia·de la presente Ley, cualquiera de las partes involucrada en uno o mas juicios ordinarios relacionados con temas de representacion, distribucion o agencia, incluyendo los que se relacionen con el pago de indemnizaciones al amparo de laLey de Representahtes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras yen los cuales nose hubiere abierto el periodo para la evacuacion de medios de prueba, podran solicitar ante el Juzgado que los conoce que los mismos sean suspendidos a fm de ser conocidos mediante arbitraje. En tal caso, laparte solicitante debera hacer del conocimiento del Juez respectivo su intencion de someter el caso ala decision de un tribunal arbitral indicando el centro de arbjtraje ante el cual sera sometido el juicio: El Juez procedera a notificar a la otra parte de la presentacion de dicha solicitud y otorgara entonces un plazo de cinco ( 5) dias hclbiles para acre.ditar la presentacion de la demanda arbitral respectiva. Una vez hecho esto eljuez ordenani la suspension del tramite,. salvo por las medidas precautorias que se hub!eri:m declarado en el misino y t:emitici ante el centro de arbitraje respectivo las diligencias para su conocimiento. La Competencia del tribunal arbitral quedc)ra establecida por dispbsicion de lapresente Ley. El tramite Judicial se reanudara una vez que ellaudo arbitral emitido se encuentre .. fmne y se solicite su ejecucion, la cual debera llevarse a cabo ante el mismo juzgado que conocia del juicio. En estos casos, la parte que no hubiere solicitado el arbitraje no podra rechazar la competencia del tribooal arbitral, pero podra solicitar que los gastos que no tengan que ver con la evacuacio~ de sus· propias pruebas, sean cubiertos por la parte que solicito el arbitra]e. No obstante, si dicha solicitud se hiciere, y el solicitante resultare condenado, el tribunalarbitral debera incluir dentro de su . condena las costas respectivas. En cuanto a las reglas aplicables para los arbitrajes iniciados de coriformidadcon esta autorizacion, se estara a lo dispuesto en la presente Ley. ' ARTICULO 63.- Para efectosdelArticulo 3, numeral2) de esta Ley, se entiende por actividades que afectan la salud publica todas aquellas consideradas ilicitas.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, . ' . en el Salon de Sesiones del Congreso Nacional, a los tres dias del mes de mayo de dos mil once.

JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE

RIGQBERTO CHANG CASTILLO SECRETARlO

GLADIS AURORA LOPEZ CALDERON SECRETARIA

AI Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecutese.

Tegucigalpa, M.D.C., '),7 de mayo de 2011.

PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES. MARIO CANAHUATI

A.

COMPENDIO DE LEYES PARA EL INVERSIONISTA 22

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