Obligatoria, propietarios de sitios eriazos y/o de inmuebles declarados insalubres deberían reconstruir en plazo señalado, con mismos incentivos normativos y económicos indicados anteriormente y aplicación de impuestos adicionales por desacato o incumplimientos. El plan considera criterios internacionales 11 , en particular el enfoque de Paisaje Urbano Histórico 12 que plantea una “relación equilibrada y sostenible (…) entre las necesidades de las generaciones presentes y venideras, y la herencia del pasado (…) supone aplicar todo un arsenal de herramientas tradicionales o novedosas adaptadas al contexto local”, como las de participación ciudadana, conocimiento y planifica- ción, sistemas regulatorios y financieros; para responder a “la necesidad de integrar y articular mejor las estrategias de conservación del patrimonio urbano” (UNESCO, 2011), poniendo énfasis en la interconexión entre expresiones tan- gibles e intangibles, y lo imperioso de “priorizar acciones de conservación y desarrollo (…) desarrollar mecanismos para la coordinación de las diversas actividades entre los diferentes actores” (UNESCO, 2016). Su factibilidad depende de liderazgo nacional, sólido y decidido, programaciones convenidas entre distintos sec- tores y participación temprana de todos los actores, en su implementación y seguimiento. No contar con compromiso y acción pública a corto plazo y sostenida en el tiempo, podría agravar el deterioro y/o detonar impulsos indeseados del mer- cado inmobiliario como plusvalías que distorsionen precios y usos que expulsen población residente; obstaculizando la potenciación de la identidad del Barrio Puerto. El desafío es alcanzar criterios compartidos, porque la “libre operatoria de los mercados inmobiliarios conduce a una situación no óptima desde el punto de vista de la comunidad” (Rojas, 2013). !
ZONA DE REMODELACIÓN
ZONA DE CONSTRUCCIÓN OBLIGATORIA
INMUEBLE CONSERVACIÓN HISTÓRICA (PRC)
ERIAZOS
ABAND./ DETERIORADOS
PROY. EJECUTADOS
PROY. NO EJECUTADOS
LÍMITES SITIO DE PATRIMONIO MUNDIAL (SPM)
LÍMITES ZONA AMORTIGUAMIENTO DEL SPM
ALTERNATIVA VIABLE CON EL MARCO LEGAL VIGENTE
Zona de remodelacion
Zona de construcción obligatoria
R Fijación de plazo a propietarios, edificar con nuevas normas R Facilidades o rebajas de derechos municipales R Otros, que promuevan la ejecución de la remodelación R Preferencia en otorgamiento de beneficios estatales para construcción y urbanización
R Obligación para propietarios de sitios eriazos o de inmuebles declarados ruinosos o insalubres de edificar dentro de un plazo R Facilidades o rebajas de derechos municipales R Otros, que promuevan la ejecución de construcción R Preferencia en otorgamiento de beneficios estatales para construcción y urbanización
Plan seccional de remodelación (ART 72,73 Y 74 LGUC)
Decreto municipal (ART 76° LGUC, ART 2.1.41 OGUC)
Armonización y actualización normativa
Gestión de suelo
DISPOSICIONES PERMANENTES
Planes seccionales de remodelación ART. 72 LGUC
Zona de construccion obligatoria ART. 76 LGUC
11 Cartas internacionales de ICOMOS: Normas de Quito (1967), Carta de Washington (1987), Carta Turismo Cultural (1999), Nara + 20 (2014), entre otras. 12 Historical Urban Landscape (HUL) Aproach, UNESCO 2011, recomendado para el SPM en 2015
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AOA / n°54
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