Guía Justicia Digital

Guía Justicia Digital

suar los indicadores y, lo más importante, a la dificultad en conocer el impacto de los diferentes procesos de digitalización sobre el incremento de eficiencia judicial y la facili - tación del acceso a la justicia en favor de la ciudadanía. Una de las instituciones que se viene ocupando de esta labor es la Comi- sión Europea para la Eficiencia de la Justicia del Consejo de Europa. A España le corres - ponde un 8.5 sobre 10 en el índice general de implantación de las TIC. 7b El documento Marcador de la Justicia en la Unión Europea para 2021, 8 publicado el 8 de julio de 2021, dedica uno de sus apartados a la evaluación del estado de la digitalización de la justicia en los Estados miembros. Los indica - dores propuestos son los siguientes:

El uso de soluciones digitales en casos civiles/ comerciales, administrativos y penales requie- re que las normas nacionales contemplen esta posibilidad. El registro para España, que sitúa a nuestro país en una posición intermedia, indica que la normativa procesal permite el uso de tecnología digital para que las partes, deman- dados o víctimas, peritos y testigos puedan ser escuchados a distancia, así como para que el procedimiento oral pueda desarrollarse por completo a distancia. Como principal debilidad se indica la imposibilidad de contar con intér - prete mientras se utiliza tecnología de comuni- cación a distancia.

3. Disponibilidad de herramien- tas digitales

Los tribunales y las fiscalías deben contar con las herramientas y la infraestructura adecua- das que permitan la comunicación a distancia y el acceso remoto seguro al lugar de trabajo. Las TIC desempeñan un papel importante en el apoyo a la labor de las autoridades judiciales, contribuyendo de manera significativa a la ca - lidad de los sistemas judiciales, agilizando los procesos de trabajo, garantizando una distribu- ción equitativa de la carga de trabajo y redu- ciendo el tiempo empleado. El registro para España indica que en nuestro país se hace uso de la mayoría de las tecnologías disponibles, a excepción de la tecnología de libro mayor distribuido ( blockchain ). Pese a ello, España ocupa una posición intermedia al ser exigido, para obtener la máxima puntuación, que la tecnología sea utilizada en todos los casos.

1. Un sistema de justicia respe- tuoso con el ciudadano

Una justicia amigable para el ciudadano requie- re que la información sobre el sistema judicial nacional no sea solamente accesible, sino también adaptada a grupos específicos de la sociedad que, de otro modo, tendrían dificulta - des para acceder a la información. La ordena- ción propuesta sitúa a España en una posición intermedia en el conjunto de los países de la Unión Europea. Como principales debilidades se registran la falta de información en línea para personas con discapacidades visuales o auditivas y la inexistencia en los juzgados de terminales informáticos con conexión a inter - net a disposición del público. 2. Regulación nacional que con- templa el uso de soluciones digitales

4. Comunicaciones electrónicas seguras

7b. Fuente: European judicial systems-CEPEJ Evaluation Report-2020 Evaluation cycle (2018 data). Para la confección del índice ha sido utilizada la siguiente metodología: — Las respuestas son en parte una autoevaluación y podrían ser ligeramente sesgadas. — Se tiene en cuenta el despliegue de las herramientas TIC en los sistemas judiciales y no su uso real o su impacto sobre la mejora de la eficacia y la calidad de la justicia. — El índice general de implantación de las TIC (escala de 0 a 10) refleja el diferente peso de las herramientas TIC analizadas y, por tanto, no es una media, sino una media ponderada de las tres categorías (el peso de cada categoría es del 12, 43 y 45 % respectivamente). — Un número de países con puntuaciones más altas parecen haber prestado relativamente más atención a las herramientas para la comunicación entre los tribunales, los profesionales o los usuarios de los tribunales que a los sistemas de apoyo a la toma de decisiones (Estonia, Finlandia Alemania, Hungría, Portugal, Federación Rusa, República Eslovaca, República Checa, España y Turquía). 8. The 2021 EU Justice Scoreboard, 9.ª ed. Comunicación de la Comisión Europea al Parlamento Europeo, el Consejo, el Banco Central Europeo, el Comité Económico y Social y el Comité de las Regiones COM (2021) 389. Disponible en https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/eu_justice_scoreboard_2021.pdf .

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