Guía Justicia Digital

Guía Justicia Digital

El potencial de la tecnología de blockchain en el aumento de la transparencia, la responsabi- lidad y la seguridad mediante el reforzamiento de la integridad de los datos y la inmutabilidad es conocido. 13 Sus beneficios sobre el archivo del sistema de justicia incorporan prome- sas de facilitación del acceso, reproducción, divulgación o transferencia de modo inalte- rable, preservando la integridad y de manera inmediata. Las redes de distribución permiten la actualización y el envío de datos en tiem- po real y de forma simultánea a todos los dispositivos conectados, de modo que todos acceden a la misma información en cualquier

momento desde cualquier lugar en un entorno seguro y protegido. En particular, la tecnología de blockchain puede auxiliar en el cobro de tasas judiciales, en la materialización de los depósitos, en la emisión y ejecución de órde- nes, embargos, autorizaciones, permisos, en la inscripción de derechos y en la transferencia de información y datos a nivel estatal y comu- nitario con plena garantía de que son exactos, actualizados, íntegros y auténticos. Estos sistemas e infraestructuras digitales resultan mucho más resistentes a los ciberataques y a las manipulaciones maliciosas.

Tabla 4. Potenciales mejoras de la justicia a través de la tecnolo- gía de blockchain Disminución del riesgo de pérdida o extravío de los datos e información del sistema público de justicia Mejora de la interconexión y de la interoperabilidad dentro del sistema de justicia y hacia el exterior Mejora en la gestión de las identidades para el acceso electrónico al sistema judicial o para la participación en audiencias telemáticas Facilitación del funcionamiento del registro de apoderamientos Respecto de la prueba, la cadena de bloques representa una forma de acreditar la autenticidad e integridad de un documento

La incorporación de blockchain a la Adminis- tración de Justicia plantea retos singulares. El marco normativo actual se halla muy frag- mentado —reglamentos, directivas y norma- tiva nacional— y la posición en el seno de la Unión Europea es hoy de prudencia y apli - cación del criterio de esperar y observar. Se constata, sin embargo, la necesidad de contar con un marco jurídico articulado y sistema- tizado que confiera la suficiente seguridad jurídica y confianza en las nuevas tecnologías para que la Administración lleve a cabo inver- siones y cambios de calado. Desde una pers- pectiva logística se detecta la necesidad de establecer tecnología y esquemas comunes que faciliten la interoperabilidad, la sincroni- zación y el acceso, superando las diferencias

derivadas de la existencia de competencias distintas.

Algunas herramientas tecnológicas que es- tán permeando en los ámbitos profesionales legales pueden ser vistas como adelantos de las herramientas que podrían ser usadas en los sistemas públicos de justicia. 14

13. Documentos de Trabajo de la OCDE sobre Gobernanza Pública n.º 34. GOV/PGC/EGOV (2019) 13. Disponible en https://ialab.com.ar/wp-content/ uploads/2020/05/OECD-2019-Estado-de-la-te%CC%81cnica-en-el-uso-de-las-tecnologi%CC%81as-emergentes-en-el-sector-pu%CC%81blico.pdf. 14. Véase J. I. Solar Cayón, «La inteligencia artificial jurídica: el impacto de la innovación tecnológica en la práctica del derecho y el mercado de los servicios jurídicos», Cizur Menor (Navarra), Aranzadi Thomson Reuters, 2019. El autor propone la siguiente clasificación de las funciones a que puede servir la IA: a) sistemas expertos que llevan a cabo tareas de compliance ; b) lectura automática y análisis de contratos; c) herramientas de búsqueda y análisis de información; d) herramientas de búsqueda de respuestas; d) herramientas de análisis y predicción de decisiones judiciales; e) herramientas de elaboración automática de documentos jurídicos; y f) sistemas de codificación predictiva para la realización de tareas de e-discovery. M. de Asís Pulido propone la simplificación de esta clasificación catalogando varias bajo el título de «estrategia procesal» y de «relación con el cliente». M. de Asís Pulido, «La incidencia de las nuevas tecnologías en el derecho al debido proceso», Ius et Scientia, vol. 6, n.º 2 (2020), pp. 186-199. https://dx.doi.org/10.12795/IETSCIENTIA.2020.i02.12 .

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