EN PORTADA 5
„ Los nuevos cambios normativos traerán consigo mayor complejidad y más desafíos para distribuidores y asesores. Christophe Girondel, director global de distribución para clientes institucionales y mayoristas de NAM
Tal y como dijo Benjamin Franklin, uno de los pa- dres fundadores de los EE. UU.: «En este mundo solo hay dos cosas seguras: la muerte y los impuestos». Sin embargo, en el sector europeo de la inversión, se ha establecido otro componente en los últimos años: el cambio normativo. El interés por que las inversiones tengan en cuenta facto- res ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) ha aumentado rápidamente en los últimos años. Al mismo tiempo, los reguladores de la UE han estado poniendo en marcha un conjunto de nuevas iniciativas para mejorar los niveles de divulgación, así como la comprensión general de los inversores de las inversiones sostenibles con el objetivo de dirigir inversiones hacia un futuro más sostenible. A principios de este año, los reguladores aplicaron el Reglamento de divulgación de información relativa a la sostenibilidad (SFDR por sus siglas en inglés), que exige a los participantes en los mercados fi- nancieros y los asesores que divulguen información pertinente relativa a la sostenibilidad de sus pro- ductos y procesos. Uno de los principales aspectos del SFDR es la clasificación de las estrategias de in- versión en tres grupos: los productos del artículo 6, los del 8 y los del 9. Las estrategias que promueven características sociales o ambientales se consideran de la categoría del artículo 8, mientras que las que poseen inversiones sostenibles como objetivo de inversión son del artículo 9. Los nuevos retos normativos Si bien el SFDR supuso un gran paso adelante en tér- minos de clasificación y divulgación para los vehículos de inversión, solo fue la punta del iceberg normativo. La siguiente escala importante en este viaje normativo de los gestores de activos, distribuidores y asesores es la modificación de la Directiva de mercados e instru- mentos financieros o MiFID II, que entrará en vigor el 2 de agosto de 2022. Entre los numerosos requisitos de la MiFID II figura un cambio importante: en el futuro, los distribuido- res y asesores financieros deberán incorporar las preferencias en materia de sostenibilidad en toda la evaluación de idoneidad para el cliente. «Determinar las preferencias de sostenibilidad del cliente es algo que algunos asesores y distribuidores ya hacen, pero pronto será obligatorio», explica Christophe Girondel,
director global de distribución para clientes institu- cionales y mayoristas de Nordea Asset Management (NAM). «Aunque pueda parecer que agosto todavía queda lejos, ya ha comenzado la cuenta atrás y el sector debe empezar a prepararse de inmediato». Mayor complejidad En caso de que el inversor final indique preferencias de sostenibilidad, la identificación de un producto ade- cuado recaerá en el distribuidor o asesor, y no en el gestor de activos. Sin embargo, los gestores de activos deberán proporcionar toda la información sobre sos- tenibilidad de los productos que necesiten el distribui- dor y el asesor en el proceso de valoración. Aunque algunos asesores puede que todavía estén lidiando con las clasificaciones de fondos del SFDR, el régimen de la MiFID II va mucho más allá de la categorización de productos del SFDR. «Los nuevos requisitos de la MiFID II traerán consigo mayor complejidad y más desafíos para los distribuidores y asesores financieros. Por ejemplo, un fondo que pertenezca a la catego- ría del artículo 8 del SFDR hoy, puede que no sea adecuado según la MiFID II», explica Girondel. «Los distribuidores y asesores tienen que tomar muchas decisiones. En primer lugar, deben elegir si operarán con un producto de sostenibilidad que ofrezcan junto con una gama más tradicional o si simplemente se pasarán al conjunto de estrategias sostenibles», seña- la Girondel. «Además, tendrán que determinar dónde ponen el listón de los productos de sostenibilidad que eligen. Esto hay que tenerlo muy en cuenta, sobre
En resumen ` El 2 de agosto de 2022, la MiFID II entrará en vigor y con ella la obligatoriedad de que los distribuidores y asesores financieros se informen activamente sobre las preferencias en materia de sostenibilidad de sus clientes y que las incorporen en la evaluación de idoneidad general ` NAM está preparado para ser un socio estratégico para distribuidores y asesores, prestándoles apoyo en cada paso del camino y ayudándoles a comprender lo que necesitan ` Además, NAM ha invertido para poder ofrecer todos los componentes básicos necesarios para que distribuidores y asesores elaboren sus ofertas sostenibles
NÚMERO 02/2021
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