Informe Sostenibilidad 2025 - Comfenalco

1.3.7 DETERIORO

• Activos Financieros: Los activos financieros que no se registren al valor razonable con cambios en resultados son evaluados en cada fecha de balance para determinar si existe evidencia objetiva de deterioro, es decir, que ha ocurrido un evento posterior al reconocimiento inicial del activo que puede afectar de forma negativa los flujos de efectivo futuros esperados y dicho cambio puede ser estimado de forma fiable. Para el deterioro por impago de la cartera, La Caja tiene constituido el comité de cartera que se encarga mensualmente de evaluar el estado de los clientes en mora y la gestión correspondiente. Con la aplicación de las normas internacionales de contabilidad a partir de la vigencia 2016, la Caja ha mantenido la aplicación del modelo de riesgo definido en la circular 012 de 2010 de la SSF, hoy día, Circular Única 007 de 2023 y demás circulares que la modifiquen y complementen. Esta circular reglamenta todo lo relacionado con el proceso de deterioro de cartera en las cajas de compensación, con el propósito de que los estados financieros reflejen razonablemente la realidad económica de estos entes jurídicos. • Activos no Financieros: Estos activos lo conforman los inventarios, la propiedad planta y equipo e intangibles. La caja periódicamente podrá revisar el valor en libros de los activos no financieros para determinar si existe algún indicio de deterioro, estimando el importe recuperable del activo y reconociendo una pérdida por deterioro de valor si éste excede su valor contable.

1.3.8 IMPUESTOS, GRAVÁMENES Y TASAS

Las cajas de compensación familiar son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con respecto de los ingresos generados en actividades industriales, comerciales y actividades financieras distintas a la inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas con salud, educación, recreación y desarrollo social. Lo anterior de conformidad a lo dispuesto en artículo 19-2 del Estatuto Tributario. El gasto por impuesto a la renta del ejercicio comprende el impuesto a la renta corriente, no habiendo lugar a impuesto diferido. El impuesto se reconoce en el estado de resultados y el cargo por impuesto a la renta corriente se calcula sobre la base de las leyes tributarias vigentes a la fecha del estado de situación financiera. (Artículo 19-2 del Estatuto Tributario). La Caja pertenece al régimen común del impuesto a las ventas, responsable del IVA e impuesto al consumo; responsable de impuestos distritales y municipales de industria y comercio en los municipios de Cartagena, Turbaco y Magangué. A partir del año 2021, según disposición de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), le fue retirada a la Caja la responsabilidad como Gran Contribuyente.

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