El impacto digital en la financiación de la Seguridad Social

El impacto de la transformación digital en la financiación de la Seguridad Social

servicios digitales resultan gravados, sino sólo tres tipos en los que, sin que se jus- tifique suficientemente en las iniciativas normativas lanzadas, se supone existe una mayor contribución en la creación de valor por parte de los usuarios. Junto con lo an- terior, puede suscitar problemas de doble imposición en cuanto que en este impuesto se gravan los ingresos brutos obtenidos por la prestación de determinados servicios digitales y dichos ingresos son a su vez tenidos en cuenta para calcular el beneficio empresarial gravado en el Impuesto sobre Sociedades. Y todo ello sin mencionar los problemas de control y aplicación del impuesto, comenzando por la comprobación de los importes percibidos por los contribuyentes obligados a realizar su ingreso. 3.2.4. Otras posibles medidas de intervención sobre nuestro actual sistema tributario Vamos a hacer referencia, a continuación, a un conjunto de medidas no directa- mente relacionadas con la transformación digital, pero que pueden ser tenidas en cuenta en el debate acerca del papel que han de tener los impuestos en la financia- ción de la Seguridad Social. Creemos oportuno aclarar que nos limitaremos a presentar dichas medidas, siendo merecedoras, todas y cada una de ellas, de un profundo y exhaustivo análisis eco- nómico, jurídico y técnico, que excede el marco de este Informe. Antes de pasar a enumerarlas, consideramos necesario, asimismo, poner de ma- nifiesto, como punto de partida, una evidencia acerca de la estructura de nuestro actual sistema fiscal: la desigual presión fiscal que soportan las distintas fuentes de imposición en España y, en particular, las rentas del trabajo y del capital. En efecto, la imposición sobre el trabajo es la principal fuente de ingresos fiscales en nuestro país, representando en 2016, el 48,1% de los ingresos, frente al 28,2% que se obtiene de la imposición sobre el consumo y el 23,7% de la imposición sobre el capital. Esta mayor importancia de los ingresos fiscales procedentes del trabajo se aprecia tam- bién en el ámbito europeo. Los ingresos procedentes de los impuestos que recaen sobre el trabajo representaron en 2016, en la UE-28, el 46,3% de los ingresos totales, frente al 34,5% procedente del consumo y el 19,2% de la imposición sobre el capital. Además, estas contribuciones al agregado de ingresos fiscales en el promedio de la UE-28 se han mantenido estables a lo largo de la última década 36 . con el objetivo de obtener ingresos adicionales con los que financiar el gasto en seguridad social

36. LÓPEZ- RODRÍGUEZ, D., y GARCÍA CIRIA, C.: «Estructura impositiva de España en el contexto de la Unión Europea», Documentos Ocasionales, núm. 1810, Banco de España, 2018, p. 17.

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