El impacto digital en la financiación de la Seguridad Social

El impacto de la transformación digital en la financiación de la Seguridad Social

propia existencia de la persona, y sin que se valoren otros elementos como el tener o no dinero, tener o no trabajo, tener o no familia o cualquier otro tipo de sustento.

La RBU podría ser un hito, un paso más en la evolución de los sistemas Estatales de protección ciudadana propios de un Estado Social. Constituye una medida de pro- tección, pero también un instrumento de redistribución de la riqueza en el contexto de un sistema económico afectado por la revolución en las nuevas formas de pro- ducción. La RBU supone la desvinculación de los derechos sociales del concepto trabajo por cuenta ajena o simplemente trabajo, y su sustitución por exclusiva- mente la ciudadanía de los beneficiarios. Su configuración se puede plantear de muchas formas, como sustitución de la Seguridad Social, como complemento de la Seguridad Social (generando una verdadera Seguridad Social universal), o como una nueva forma de redistribución que termina con la Seguridad Social y la asis- tencia social y toda su burocracia. Esta última es la idea que plantean sus más fervientes defensores, la meta, lo que no quiere decir que no pueda haber un cami- no, una transición que pase por todos esos pasos. Lógicamente el principal problema al que se enfrenta la posibilidad de una RBU es el de su financiación. En todo caso su implantación supondría y precisaría de la sustitución progresiva de nuestro sistema actual a otro que está basado en el principio de igualdad y no, como en el actual, en el principio distributivo del méri- to. Se plantean opciones de tránsito como un impuesto negativo sobre la renta, con la sustitución de prestaciones no contributivas, ayudas asistenciales, prestaciones concretas, complementos de mínimos, etc. Evidentemente, una RBU necesitaría de una fiscalidad mayor y diferente en sus planteamientos a la existente actualmen- te, pero, como ya hemos explicado antes, la sostenibilidad de la Seguridad Social también 66 . No parece, por último, que la opción de sustituir sin un proceso de transición el sis- tema de Seguridad Social por RBU sea conveniente, dado que su implantación y sustitución supondría pérdida de derechos para muchos beneficiarios y la rebaja de las prestaciones más altas a cambio de la protección de todos. No obstante, la RBU, es y será, una alternativa a los desajustes derivados de la evolución de la técnica aplicada al mercado de trabajo y por tanto una opción política que deberá debatirse y plantearse a largo plazo como posible solución frente a las nuevas necesidades y características de una sociedad sin trabajo, o sin un concepto de trabajo tal y como lo hemos conocido hasta el momento.

66. Sobre este particular, existen ya diversos estudios, algunos incluso impulsado en el ámbito institucional como el encargado por el Ministerio de Hacienda: «El impuesto negativo sobre la Renta: Una propuesta de transición», de GRANELL PÉREZ, R. y FUENTEMAYOR FERNÁNDEZ, A., en Estudios de Economía Aplicada, Vol. 34-1, pp. 261-288, Asociación Internacional de Economía Aplicada, 2016.

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