INFORME COTEC DE ECONOMÍA CIRCULAR 2023

Situación y evolución de la economía circular en España

el efecto de palanca del gasto público para impulsar la demanda de productos con mejores prestaciones. Los criterios han de ser transparentes, objetivos y no discriminatorios. En este sentido, prevé el otorgamiento a la Comisión de los poderes para desarrollar requisitos de sostenibilidad aplicables a la contratación pública ecológica de productos de construcción. Al establecer estos requi- sitos de ecodiseño, la Comisión tomará en consideración una relación de criterios para la definición normativa de criterios u objeti - vos obligatorios de compra pública circular, que van en la misma línea de los señalados anteriormente en la propuesta de reglamen- to de diseño de producto sostenibles. Como vemos, se repite el mismo esque- ma de desarrollo de criterios obligatorios de compra pública verde mediante actos delegados de la Comisión Europea, lo cual parece indicar la asunción de un modelo estratégico de desarrollo normativo a nivel comunitario. Esta nueva aproximación declara, en definitiva, el agotamiento de la estrategia voluntaria comunitaria de contratación pública verde , con tímidas aproximaciones sectoriales a la exigencia obligatoria. Re- flexión igualmente trasladable a la aproxi- mación obligatoria general de la LCSP, que, por la falta de una adecuada articulación jurídica y del desarrollo del proceso técni- co-administrativo de cláusulas de calidad y de criterios de verificación para una amplia diversidad de prestaciones, no ha permitido alcanzar, desde una perspectiva general, resultados sustantivos reseñables 38 .

la naturaleza más jurídica o procedimental de la compra social o de innovación, no es posible conseguir avances efectivos en este ámbito si las unidades gestoras no disponen de criterios técnicos de referen- cia específicos (para una amplia diversidad de prestaciones), de obligada aplicación o consideración, basados en información técnica de calidad, para la integración de la variable ambiental en los pliego técnicos e, incluso, administrativos —no es posible (ni recomendable) definir cláusulas adminis - trativas sin el acompañamiento de un buen conocimiento y una definición técnica ad hoc de la prestación—. La determinación técnico-jurídica de crite- rios ambientales, como plantea el nuevo enfoque europeo, permite definir qué es «contratación pública verde» para una amplia diversidad de prestaciones; si no precisamos qué son las inversiones o com- pras sostenibles en el sector público, tam- poco podemos medir los avances efectivos en este ámbito, y solo podemos realizar puras evaluaciones formales e incurrir en greenwashing en el sector público. 2.4.1 LA COMPRA PÚBLICA CIRCU- LAR EN LA LEY 7/2022 DE RESI- DUOS Y SUELOS CONTAMINADOS PARA UNA ECONOMÍA CIRCULAR • Obligaciones de compra de productos circulares La LRSCEC dispone que «para la aplicación de la jerarquía de residuos [prevención, preparación para la reutilización, reciclado, valorización, eliminación], las autoridades competentes deberán usar instrumentos económicos y otras medidas incentivado- ras» (art. 8.3, LRSCEC).

Debido a la dimensión esencialmente técni- ca de la compra verde, que no concurre en

En el anexo V se recoge una relación de instrumentos económicos, a modo

38 Véase una propuesta de modificación normativa de la LCSP, para el impulso real de la compra pública verde: «Hacia una compra pública verde “en serio” de la mano del principio DNSH: propuesta básica para su necesaria articulación jurídica y técnica», www.obcp.es, 2 de noviembre de 2022.

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