Situación y evolución de la economía circular en España
La LECA es reflejo de su tiempo; de la ten- dencia naciente hacia la implantación de una estrategia normativa de compra pública verde obligatoria, articulada técnica y jurídicamente. En este sentido, dispone que « se incluirán los criterios y objetivos mínimos obligatorios de contratación pública ecológica en la norma- tiva sectorial, que, en cualquier caso, velará por la inclusión de los principios dispuestos en el artículo 9 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de merca- do» (LGUM). Se indica que «los plazos para su implantación se determinarán reglamentaria- mente, de acuerdo con el Derecho de la Unión Europea y con la normativa básica estatal» (art. 11.2, PLECA). La LECA prevé que « se contemplarán» una se - rie de cláusulas medioambientales en el pro - ceso de contratación pública , que se citan a modo ejemplificativo («entre otras»), ligadas a los objetivos de economía circular del proyec- to; aunque «se contemplarán» en los términos en que se establezcan reglamentariamente.
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