5.1.2 B2G ( Business to Government )
La provisión y la reutilización de datos en las relaciones con administraciones pú- blicas pueden tomar muchas formas tanto en términos legales como técnicos. Esta sección describe algunos de ellos con más detalle: Donación de Datos : Puede considerarse como una forma de responsabili- dad social corporativa. El programa de donación de datos está respaldado por un equipo dedicado que apoya a cualquier parte potencial interesada en usar los datos. Premios : Puesta en marcha de concursos que fomentan la participación in- dividual y de compañías especializadas en analítica de datos para encontrar solución a retos de un interés público particular, ej. H2020: Horizon Prize Big Data Technologies 30 Acuerdos de Colaboración con Administraciones Públicas : Los organis- mos del sector público pueden celebrar acuerdos con empresas privadas, que incluyen el intercambio mutuo de datos, de conformidad con la Directi- va PSI22 31 en lo que respecta a la información del sector público compartida con el sector privado. Esto puede traer beneficios también para la empresa privada, ya que podrá obtener información de la correlación de los datos del sector público y privado. Intermediarios : En los casos en que no existe una relación previa de confian- za entre una empresa y un organismo del sector público, se puede encargar a una entidad intermediaria para que obtenga los conocimientos necesarios para el interés público y los transmita a la empresa privada. Intercambio de Datos Cívico : Se puede alentar a las personas a autorizar a los organismos del sector público para el procesamiento de sus datos perso- nales por parte una empresa privada. Cabe destacar que, en este caso, las au- toridades también deberían cumplir con la legislación de protección de da- tos. El procesamiento debe realizarse de acuerdo con la legalidad vigente (ej. el consentimiento debe estar conforme al Artículo 6 (1) (a) o el desempeño de una tarea realizada en interés público según el Artículo 6 (1) (e) 32 ). Este mo- delo es más probable que funcione en situaciones donde existe un vínculo suficientemente fuerte entre el ciudadano y el organismo del sector público en cuestión (ej. el municipio donde viven) o cuando el propósito de interés público es particularmente convincente desde un punto de vista público.
30 http://ec.europa.eu/research/ horizonprize/index.cfm?prize=bigdata
31 Directiva 2003/98/EC of the European Parliament and the Council on the re-use of public sector information (OJ L 345, 31.12.2003, p. 90). 32 En el caso de que las autoridades se basen en el artículo 6(1) del Reglamento General de la Ley de Protección de Datos (“el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público “), tal base legal debe ser impuesta por las leyes europeas o del Estado Miembro. Además, en el caso del intercambio de datos cívico, los interesados tendrán que estar adecuadamente informados, incluyendo el derecho de retirar el consentimiento y cualquier otro posible tratamiento de sus datos personales que pudieran realizar las autoridades.
5.2 Modelos de Financiación
Una organización involucrada en una iniciativa de apertura/compartición de datos debe ser capaz de cuantificar el valor económico de la información que maneja y los costes asociados para llevar a cabo la iniciativa, en términos de in- fraestructura y coste de personal.
A continuación, se detallan algunas prácticas a considerar:
1. Asegurar la rentabilidad de la iniciativa
Se deberá realizar un análisis coste/beneficio, identificando y controlando tanto los costos como los beneficios de plantear una iniciativa innovadora de publi- cación abierta de los datos o bien una compartición restringida de los mismos dependiendo del modelo de negocio escogido. Se trata de estimar el ROI de la innovación. La innovación tiene dos tipos de impactos en la organización: tangi- bles e intangibles.
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Aspectos relevantes de la apertura/compartición de datos en el entorno empresarial
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