Guía sobre datos abiertos en el entorno empresarial

5.3 Marco Legal

5.3.1 Acuerdos Contractuales en el modelo de relación B2B

La compartición de datos normalmente se implementa sobre la base de acuer- dos contractuales. Los acuerdos de monetización de datos no solo pueden ser de naturaleza bilateral, sino que también pueden celebrarse entremúltiples par- tes. La definición de los términos contractuales para el uso de datos o los acuerdos de licencia requieren una atención especial para cumplir con la legislación exis- tente, en particular aquella legislación que impida el intercambio de datos o que esté sujeta a condiciones específicas para garantizar los intereses estratégicos de cada parte. Actualmente existen iniciativas para desarrollar los términos de contratomodelo para diferentes tipos de acuerdos de intercambio de datos y para algunos secto- res o tipos de intercambio de datos. La Comisión Europea, a través de un Centro de Apoyo para el intercambio de datos que estará operativo a principios de 2019, planea recopilar las mejores prácticas, los términos de contrato modelo existen- tes y listas de verificación tipo 36 . A continuación, se detallan algunas consideraciones que pueden ayudar a las empresas en la preparación y/o negociación de los acuerdos de compartición de datos:  Identificar los datos que desea compartir de la manera más concreta y pre- cisa posible (ej. datos de I + D, datos de clientes, datos de diagnóstico), in- cluidos los niveles de actualizaciones que se esperan en el futuro. Cuan- do los mecanismos que hacen posible el análisis de los datos (ej. métodos, modelos, algoritmos, etc.) se compartan junto con los conjuntos de datos, deben describirse.  ¿Qué niveles de calidad se pueden asegurar para los datos actualmente y a lo largo del tiempo? Los datos compartidos deben ser de buena calidad, es decir, precisos, confiables y, cuando sea necesario, actualizados. Asegúrese de que no falten datos, que estén duplicados, no estructurados. Especifique la fuente/origen de los datos y cómo se recopilaron/construyeron. Se pue- de configurar un mecanismo para informar de errores relacionados con los datos.  Asegurar el cumplimiento de las obligaciones legales que pueden prohibir el acceso o la transferencia de los datos. Asegurar el cumplimiento de los derechos que otros puedan tener sobre los datos. Verificar los derechos de propiedad intelectual e industrial.  Asegurar el cumplimiento de la legislación de protección de datos. Entre otros, verificar que existe una base legal para el procesamiento de datos per- sonales en línea con el Reglamento General de Protección de Datos. 1. ¿Qué datos estarán disponibles?  ¿Se comparten los datos sobre un conjunto de datos o un flujo de datos?

36 Cf. Annex to the Commission implementing decision on the adoption of the work programme for 2018 and on the financing of Connecting Europe Facility (CEF) - Telecommunications Sector, p. 42.

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Aspectos relevantes de la apertura/compartición de datos en el entorno empresarial

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