El Recorrido a la Vivienda en la Comunidad con Apoyo Una



FUENTES DE FINANCIACIÓN

LA HERRAMIENTA DE EVALUACIÓN INTEGRAL DE NUEVA JERSEY (NJCAT) es el instrumento de evaluación utilizado por la División de Discapacidades del Desarrollo (DDD) de Nueva Jersey para determinar las capacidades y necesidades de una persona con Discapacidad Intelectual/del Desarrollo (I/ DD) en muchas áreas, incluidas las necesidades médicas, conductuales y de autocuidado. Los estados usan estos instrumentos para documentar el nivel de necesidad de servicios de una persona, determinar el presupuesto individual para financiar apoyos y promover la equidad en el proceso de financiación. La evaluación es un documento importante que mide las habilidades de una persona en un momento determinado. Esta evaluación corrobora la necesidad del individuo de asistencia y apoyo. La evaluación determina la financiación acorde que puede estar disponible para servicios y apoyo. La inconsistencia entre las descripciones que ofrecen los reporteros sobre las habilidades de una persona puede afectar la precisión de la evaluación. Por consiguiente, los que conocen bien a la persona deben completar la evaluación. Idealmente, la evaluación debe hacerse en colaboración de manera que incluya al individuo, si es capaz, a la familia y a los proveedores de servicio. Si los resultados de la evaluación no parecen coincidir con el nivel de necesidad del individuo o si el nivel de necesidad ha cambiado, se puede pedir una reevaluación por medio del Director de Admisión en la Oficina de Servicios Comunitarios de la DDD que brinda servicios en la región en la que reside el individuo. Para ver un video corto que describe el proceso de evaluación, visite www.youtube.com/watch?v=nluCSo5kFWk&feature=youtu.be . PRESUPUESTO INDIVIDUAL. Es una suma de fondos que puede estar disponible para una persona con discapacidad intelectual/del desarrollo basada en una evaluación de sus necesidades y capacidades. HONORARIOS POR SERVICIOS. El Estado está adoptando un cambio en la forma en que los servicios se pagan a los proveedores. En lugar de contratos anuales del Estado, los proveedores facturan a Medicaid directamente después de que los servicios se han prestado a los individuos. Esto se conoce como “honorarios por servicios”.

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