El Recorrido a la Vivienda en la Comunidad con Apoyo Una



HALLAR LA VIVIENDA ASEQUIBLE

Monitorización de la Calidad de la Vivienda Monitorización de la Calidad Cuando se evalúa la calidad de las viviendas durante una inspección, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) ha identificado “13 aspectos clave de la calidad de la vivienda, requisitos de desempeño y criterios de aceptabilidad”. Está disponible en línea una lista de verificación. El HUD o la persona que este organismo designe realiza este tipo de inspecciones para asegurarse de que se cumplan los estándares de calidad de vivienda (HQS) básicos. La Conexión de Vivienda con Servicios de Apoyo se encarga de realizar estas inspecciones en viviendas financiadas por la DDD y DMHAS que no tienen licencia. Se inspeccionarán las unidades de vivienda con licencia mediante la Oficina de Licencias conforme a las directrices establecidas en NJAC 10:44A. Para obtener más información, visite www.portal. hud.gov/hudportal/HUD?src=/program_offices/public_ indian_housing/programs/hcv/hqs. DISCRIMINACIÓN EN LA VIVIENDA Para obtener información sobre los derechos de las personas con discapacidad en la vivienda, visite www.portal.hud. gov/hudportal/HUD?src=/program_offices/fair_housing_ equal_opp/disabilities/inhousing.

FIDEICOMISOS PARA NECESIDADES ESPECIALES

Los Fideicomisos para Necesidades Especiales permiten que la persona con discapacidad ahorre fondos sin poner en peligro los beneficios del Estado sujetos a verificación. Los Fideicomisos para Necesidades Especiales pueden proporcionar opciones adicionales para una persona con una discapacidad para asegurar y mantener la vivienda. Para las personas que reciben SSI y/o Medicaid, puede estar restringido o anulado el uso de los fondos de un Fideicomiso para Necesidades Especiales para la alimentación y la vivienda. Los fondos utilizados para estos fines se consideran “ingresos”, se definen como Mantenimiento y Apoyo en Especie (ISM) y, potencialmente, podrían poner en peligro la elegibilidad para estos programas. Los Fideicomisos Propios (o autoestablecidos) están financiados con los activos de la persona con discapacidad. Estos fideicomisos solo deben utilizarse en beneficio del individuo. Los padres también pueden crear un Fideicomiso de Beneficios Suplementarios para Terceros para que un ser querido con una discapacidad reciba la herencia y beneficios sujetos a verificaciones. Los fideicomisos de terceros, aunque más flexibles por su naturaleza, también están sujetos a normas de ISM. Las leyes federales y estatales, así como los reglamentos de beneficios públicos, pueden cambiar, por lo que debe obtenerse el asesoramiento jurídico al momento de la creación de los fideicomisos y revisarse periódicamente. Manual de Alianza de Necesidades Especiales para Fideicomisarios: www.specialneedsalliance.org/free-trustee-handbook/” www.specialneedsalliance.org/free-trustee-handbook/ Red de Asistencia para la Vida Planificada de Nueva Jersey (PLAN/NJ): www.plannj.org” www.plannj.org

“Haga participar a su hijo en la comunidad. No lo oculte por el hecho de que podría no encajar. Mi hijo tiene autismo y no puede modular el volumen cuando habla. Lo llevé a la biblioteca cuando era joven y les expliqué a los bibliotecarios que tenía un tono de voz alto. Le brindaron apoyo. Le encanta ir a la biblioteca. Y después de tantos años, todavía se ocupan de él”.

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