El impacto digital en la financiación de la Seguridad Social

El impacto de la transformación digital en la financiación de la Seguridad Social

3. MEDIDAS A CORTO-MEDIO PLAZO

3.1. Medidas que inciden en la financiación por cotización

3.1.1. Medidas que aumentan cotizaciones en casos de destrucción de empleo por motivos de transformación digital en las empresas El carácter predominantemente contributivo con el que se configura nuestro siste- ma de Seguridad Social, de fuerte influjo bismarckiano 13 , convierte a las cotizaciones sociales en la primera y más importante fuente de financiación del mismo. En términos generales, dicho recurso financiero consiste en una aportación eco- nómica que tanto trabajadores como empleadores están obligados a ingresar, con una periodicidad mensual, al sistema de Seguridad Social, y cuya cuantía está en función de los salarios reales que el trabajador tenga derecho a percibir, sin perjuicio de las particularidades establecidas a este respecto para el trabajo por cuenta pro- pia (en el que la cotización no guarda relación con los ingresos reales del trabajador, sino con la base que libremente elija entre las bases máxima y mínima fijadas para cada ejercicio económico por la Ley de Presupuestos Generales para el Estado). Se trata de una obligación al ejercicio profesional de una actividad lucrativa que genera, a favor del contribuyente, derechos prestacionales ante el acaecimiento de ciertas contingencias que le impidan trabajar, siendo esta finalidad protectora y sustitutiva de rentas salariales la que, en esencia, fundamenta y justifica su imposición legal. Pues bien, las propuestas a corto-medio plazo que aquí vamos a analizar parten de una necesidad que es real: la urgencia por adoptar medidas que incrementen más ingresos para el sistema contributivo de Seguridad Social. Así pues, en esta primera etapa en la que aún no ha irrumpido con toda su fuerza del todo la automatización y robotización de la actividad económica (ni tampoco el problema demográfico), se trata de conseguir el equilibrio del sistema, pero sin hacer grandes cambios en su modo de financiación.

13. Los modelos de Seguridad Social inspirados en el sistema de seguros sociales ideado e implementado en Alemania por Otto von Bismarck, se caracterizan –entre otros aspectos- por ser sistemas de protección obligatoria (y no facultativa) para quienes desem- peñan una actividad profesional (principio de profesionalidad), por imponer tanto a trabajadores como a empleadores la obligación de contribuir a su sostenimiento mediante el ingreso de cotizaciones (principio de contributividad), y por existir una proporcionalidad entre el monto de las cotizaciones vertidas y las prestaciones recibidas.

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