El impacto digital en la financiación de la Seguridad Social

El impacto de la transformación digital en la financiación de la Seguridad Social

colectiva o plural –supuesto en el que habría que recurrir al promedio de bases de cotización y de años que resten a todos los trabajadores afectados para alcanzar la edad ordinaria de jubilación-, sino que también se aplicaría a los casos en que la extinción del contrato fuera individual. Supuesto en el que la cuota se calcularía tomando el promedio de bases de cotización del trabajador en cuestión, en los úl- timos seis meses, y multiplicando la cuantía resultante de aplicar a dicha base los tipos correspondientes, por el número de años que le falten al trabajador para cum- plir la edad ordinaria de jubilación. Por otra parte, cabría limitar la obligación empresarial de abonar esta cuota es- pecial por robotización a los casos en el que el trabajador despedido acreditara un mínimo de antigüedad en la empresa (de seis meses a un año), previo estudio del impacto que esta opción normativa podría causar en los trabajadores tempo- rales, ante el riesgo de que con ella se estuviera incentivando la resolución de las relaciones laborales de menor duración en el tiempo. También podría contemplar- se exceptuar de esta específica obligación de cotizar, de un lado, a las empresas que, a pesar de haber prescindido de parte de su personal como consecuencia de la automatización de ciertas fases de su ciclo productivo, acrediten contratar, en para- lelo, otro tipo de perfiles profesionales relacionados con la tecnología y, en términos agregados, mantengan o aumenten su plantilla, y, de otro lado, los casos en los que la extinción de la relación laboral obedezca a una falta de adaptación del trabajador a las mejoras tecnológicas introducidas en la empresa (causa de despido por cau- sas objetivas conforme al artículo 52.b ET). Ventajas: Aunque con esta cuota el trabajador no obtendría un beneficio social par- ticularizado, su exigibilidad sí podría tener una repercusión económica positiva en las arcas del sistema de Seguridad Social al contener los efectos negativos que causa la pérdida de puestos de trabajo sobre los ingresos por cotización. Inconvenientes: Como medida que comporta una responsabilidad económica para la empresa, también existe el riesgo de que su imposición pueda desacelerar la innovación tecnológica dentro de la misma, salvo que no sea percibida como exce- sivamente gravosa, teniendo en cuenta los costes laborales y sociales que podrían ahorrarse por la propia reducción de plantilla. Aun así, también es verdad que el hecho de que, para el cálculo de la cuota a abo- nar, se tengan en cuenta los años que le falten a los trabajadores afectados por la amortización de puestos de trabajo para alcanzar la edad de jubilación, puede ac- tuar como un elemento que estimule la extinción de los contratos de trabajo de los trabajadores de mayor edad, al existir la probabilidad de que sean ellos los primera- mente elegidos por la empresa para rescindir contratos de trabajo.

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