El impacto digital en la financiación de la Seguridad Social

El impacto de la transformación digital en la financiación de la Seguridad Social

acciones formativas desarrolladas por una empresa, directamente o a través de ter- ceros, dirigido a la actualización, capacitación o reciclaje de su personal y exigido para el desarrollo de sus actividades o por las características de los puestos de tra- bajo”. Esta deducción también resultaba aplicable a los gastos efectuados por la empresa con la finalidad de habituar a los empleados en la utilización de las nue- vas tecnologías. Por otra parte, cabe plantearse la conveniencia de introducir en el régimen jurídico del Impuesto sobre Sociedades disposiciones incentivadoras del empleo concebi- das especialmente para el momento de transición digital, en el que se producirá un mayor desempleo tecnológico, como pueda ser la incorporación de un tipo de gra- vamen reducido para las empresas que no destruyan empleo con respecto al tipo de gravamen general, o en su caso, un tipo de gravamen superreducido para las em- presas que creen empleo. También podría pensarse en medidas como la libertad de amortización vinculada al mantenimiento o creación de empleo (similar a la previs- ta actualmente para las Empresas de Reducida Dimensión en el art. 102 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades). Antes de ello, resul- taría interesante analizar cómo han incidido estos estímulos fiscales en la creación efectiva de empleo durante la pasada crisis económica, a fin de conocer su impacto real en la consecución del objetivo perseguido y poder aplicarse con mayor criterio a las empresas en transformación tecnológica. Ventajas: Se considera, con carácter general, que la principal ventaja de este tipo de medidas reside en estimular la contratación y mejorar el mercado laboral, con- tribuyendo al crecimiento económico y bienestar social; si bien, como acabamos de indicar, resulta imprescindible, dada la merma de ingresos fiscales que suponen, evaluar periódicamente su efectividad conforme al objetivo de política fiscal que tra- tan de alcanzar, así como determinar sus posibles efectos no buscados sobre otros aspectos económicos y sociales 28 . Inconvenientes: No cabe duda, por otra parte, que con este tipo de medidas, como ya hemos indicado, se reduce la recaudación tributaria y, en consecuencia, se com- promete, en principio, la consecución de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

28. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AiREF) está llevando a cabo un proceso de revisión del gasto (conocido como Spending Review ) en el que se han identificado como áreas de revisión, entre otros gastos, los relativos a los beneficios fiscales y los incentivos a la contratación. Los objetivos y directrices básicas de esta revisión pueden ser consultadas en el siguiente enlace: https://www.airef.es/es/noticias/el-gobierno-aprueba-el-plan-de-accion-elaborado-por-la-airef-para-la-segunda-fase-del- spending-review/ (consultado el 27 de junio de 2019)

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