Los robots para el cuidado de mayores
En cuanto a la presencia expresa de la robotización en normas estatales sobre for- mación profesional, se empieza a incorporar pero de forma muy incipiente y genérica, como puede observarse por ejemplo en el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019- 2021, que se refiere a la robotización en la medida 14 33 . Es preciso advertir que si bien supone un avance al empezar a plasmarse objetivos relacionados con la formación en estas cuestiones, resulta insuficiente por su carácter genérico e ir dirigida específi- camente para los jóvenes, no planteándose para otros colectivos como las personas de edad madura, que son realmente las que cuidan a las personas mayores. Respecto a la normativa en el sector concreto de cuidados, la atención sanitaria se considera un sector que se beneficiaría enormemente de la inteligencia artificial y es una de las áreas de enfoque clave del Plan Coordinado de la IA 34 . Las normas de protección a las situaciones de dependencia prevén actividades de formación espe- cíficas para el ejercicio de este tipo de tareas (arts. 36 35 , 15 y 18.4 Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia), pero la realidad contrasta con la norma ya que no se están poniendo en marcha apenas actividades de formación de esta índole. La realidad es que en líneas generales el sector de cuidados de mayores se caracteri- za por presentar deficiencias de diversa índole en relación a la formación profesional como puede observarse en el colectivo de auxiliares de ayuda a domicilio en el que el incumplimiento de los compromisos recogidos en los pliegos técnicos por los que las Administraciones sacan a concurso público los contratos de servicio suelen ser bastante frecuente, ante la pasividad de la propia Administración; no estando presentes (ni se les espera a corto plazo) objetivos relacionados directamente con la robotización. Por tanto, es recomendable garantizar la formación continua y pre- sencial adecuada a las tareas que han de realizar las auxiliares y en horario laboral; incorporándose gradualmente a la formación continua módulos teórico–prácticos que incluyan pautas básicas sobre robótica asistiva 36 .
33. Concretamente, la medida 14 establece que los programas formativos deben ser capaces de desarrollar formación tanto de nivel básico, como avanzado, así como poner en marcha las nuevas herramientas tecnológicas que también en materia de formación profesional para el empleo suponen una nueva oportunidad de llegar de manera mucho más amplia a todas las personas destinatarias de estos programas, teniendo muy clara la importancia tanto del carácter sectorial de las acciones como de la cobertura territorial de las mismas. Por otro lado, se puede establecer un marco de competencias digitales (tipo DIGCOMP) y establecer procesos de acreditación, que permitan incorporar estas competencias a los perfiles profesionales que se derivan de la herramienta de gestión de demandantes. 34. Véase Estrategia Española de I+D+I en Inteligencia Artificial, 2019, pág. 30. 35. El art. 36 establece en primer lugar que se atenderá a la formación básica y permanente de los profesionales y cuidadores que atiendan a las personas en situación de dependencia. Para ello, los poderes públicos determinarán las cualificaciones profesionales idóneas para el ejercicio de las funciones que se correspondan con el Catálogo de servicios regulado en el artículo 15. 2. Los poderes públicos promoverán los programas y las acciones formativas que sean necesarios para la implantación de los servi- cios que establece la Ley. 3. Con el objetivo de garantizar la calidad del Sistema, se fomentará la colaboración entre las distintas Administraciones Públicas competentes en materia educativa, sanitaria, laboral y de asuntos sociales, así como de éstas con las universidades, sociedades científicas y organizaciones profesionales y sindicales, patronales y del tercer sector. 36. FRANCO REBOLLAR, P.; RUIZ, B. (2018): El trabajo de ayuda a domicilio en España. UGT. Madrid, págs. 132 y ss., 166 y ss., consultado el 9 de julio del 2019. http://www.ugt.es/sites/default/files/el_trabajo_de_ayuda_a_domicilio_ugt_fesp_sep_2018_def_0.pdf
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